¿Inventario GEI o Inventario de Carbono («Bilan Carbone®»)?
¿Quiere reducir sus emisiones de GEI? ¡Comprender la diferencia entre estos dos inventarios es importante!
La normativa actual exige a ciertas empresas, entidades locales y administraciones medir su impacto climático. Otras organizaciones se comprometen de manera voluntaria en un enfoque similar. Sin embargo, en este ámbito, los términos técnicos son numerosos y a veces se confunden.
Entre ellos, dos conceptos regresan con frecuencia: el inventario de emisiones de gases de efecto invernadero (Inventario GEI) y el Inventaria de Carbono®» Aunque a veces se utilicen como sinónimos, estas dos herramientas no tienen exactamente el mismo papel ni el mismo alcance. Comprender sus diferencias es esencial para comprometerse plenamente con una estrategia de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. Aquí le explicamos los puntos clave.
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Una misma metodología de contabilización de todas las emisiones de gases de efecto invernadero
Cualquiera que sea su nombre, los diferentes “inventarios” consisten en medir las emisiones de todos los gases de efecto invernadero (GEI): dióxido de carbono (CO₂), metano (CH₄), óxido nitroso (N₂O), gases fluorados (HFC, PFC, HFE, etc.), hexafluoruro de azufre (SF₆) y trifluoruro de nitrógeno (NF₃).
Sin embargo, estos diferentes gases no tienen la misma peligrosidad para el clima, es decir, no poseen el mismo Potencial de Calentamiento Global (PCG). Por ejemplo, una tonelada de metano emitida a la atmósfera equivale a la emisión de 28 toneladas de CO 2. El metano tiene por lo tanto un PCG de 28. En el caso de los gases fluorados, el PCG supera los 10 000. Por este motivo, las emisiones de GEI medidas se expresan en toneladas equivalentes de CO ₂ (o t CO₂ eq).
La metodología de contabilización y la cantidad de gases considerados son similares independientemente del método utilizado. Sin embargo, existen diferencias marcadas, especialmente en cuanto al alcance de la contabilización.
Además, ambos enfoques, inventario GEI o «Bilan Carbone®», son coherentes con la norma ISO 14 064.
Inventario GEI: una obligación legal para los actores involucrados
Inventario de emisiones de gases de efecto invernadero, Inventario GEI o incluso BEGES… se refieren en realidad al mismo concepto. Es el término oficial utilizado en la normativa francesa.
El Inventario GEI es una obligación legal establecida inicialmente por la Ley Grenelle en 2010. Esta obligación se aplica a:
- A las empresas con más de 500 empleados (250 en territorios de ultramar).
- A las entidades locales (Estado, regiones, departamentos, metrópolis, comunidades urbanas, comunidades de aglomeración y municipios o comunidades de municipios con más de 50 000 habitantes).
- A los organismos públicos y otras entidades de derecho público con más de 250 agentes (hospitales, etc.).
La normativa exige considerar:
- El alcance 1, es decir, las emisiones directas producidas por las actividades de la organización (combustión in situ, procesos industriales, etc.).
- El alcance 2, que corresponde a las emisiones indirectas relacionadas con el consumo de energía adquirida (electricidad, calor, vapor, etc.).
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En cambio, la consideración de las emisiones del alcance 3 (que cubre otras emisiones indirectas como las compras, los desplazamientos casa-trabajo de los empleados, etc.) solo se recomienda y no es obligatoria.
Las empresas deben actualizar su Inventario GEI cada 4 años (3 años para entidades locales y organismos públicos). Además, el Inventario GEI debe transmitirse a la ADEME, que lo publica en su plataforma Inventarios GEI. Cada inventario es por lo tanto público.
En definitiva, el Inventario GEI es ante todo una herramienta regulatoria. Permite contabilizar las emisiones de una organización e identificar oportunidades de reducción. Un plan de transición que incluya los objetivos, recursos y acciones previstas se debe adjuntar obligatoriamente al inventario.
«Bilan Carbone®»: un enfoque voluntario con un alcance más amplio
A diferencia del Inventario GEI, el «Bilan Carbone® es una marca registrada. Fue desarrollado por la ADEME en 2004.
Actualmente está dirigido por la Asociación para la Transición Baja en Carbono (antes llamada Asociación Inventario de Carbono). Creada en 2011, la ABC es una asociación de interés general cuyo objetivo es difundir la metodología del «Bilan Carbone®». Pone a disposición de las organizaciones y ciudadanos herramientas y métodos que les permiten definir y ejecutar su estrategia de descarbonización. La ABC agrupa actualmente a más de 1 000 organizaciones.
El «Bilan Carbone®» es una metodología de cálculo que permite contabilizar todas las emisiones de GEI. Se diferencia del Inventario GEI en dos puntos principales:
- El Inventario de Carbono® se basa en un enfoque voluntario (a diferencia de la obligación regulatoria del Inventario GEI).
- El alcance cubierto. El Inventario de Carbono® incluye todas las emisiones: directas del alcance 1, indirectas del alcance 2 y también las indirectas del alcance 3 (que no están incluidas en el Inventario GEI).
20 000
El número de personas capacitadas en la metodología Inventario de Carbono.
Fuente: ABC
La última versión de la herramienta «Bilan Carbone®» está ahora disponible en forma de software (y ya no como hojas de cálculo en Excel) denominada «Bilan Carbone®» + (o BC+).
El «Bilan Carbone®» tiene como objetivo identificar las principales fuentes de emisiones para construir un plan de acción estratégico alineado con la Estrategia Nacional Baja en Carbono (SNBC) de Francia.
Inventario GEI e Inventoria de Carbono hacia una convergencia progresiva…?
La normativa relativa a la medición de las emisiones de gases de efecto invernadero está evolucionando y tiende a endurecerse de manera progresiva.
Por ejemplo, la directiva Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD), aplicable desde el 1 de enero de 2024, establece nuevas obligaciones anuales de publicación de información sobre sostenibilidad. La realización de un inventario de emisiones forma parte de estas obligaciones, incluyendo el alcance 3. La publicación del primer reporte se ha fijado para 2026 (con datos de 2025) para las empresas con más de 250 empleados que generen más de 50 M€ de facturación y cuenten con un balance total superior a 25 M€. A partir de 2027 (datos de 2026), todas las PyMEs que coticen en la bolsa también deberán cumplir. Sin embargo, tendrán la posibilidad de beneficiarse de un plazo de dos años para su primera publicación.
A largo plazo, es posible que la obligación regulatoria para todos los actores incluya de manera sistemática el alcance 3 y se aproxime así al actual alcance de análisis del Inventario de Carbono®.










